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[ÉTICA DE LA EQUIDAD Y JUSTICIA EN EL ACCESO AL DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO Y REHABILITACIÓN... - Dr. Fernando Novoa S. y col.]

Las enfermedades raras, por afectar a un número pequeño de

personas tienen, la desventaja de no ser atendidas igual que

otras que por ser frecuentes afectan a la población en general.

En relación a este aspecto, hace unos meses se publicó en

The

Lancet

una serie de artículos acerca del comercio y la salud. En

uno de ellos se afirma: “Mucho antes de desarrollada la teoría

del germen, los gobiernos adoptaron medidas para prevenir la

importación de enfermedades asociadas con el comercio, tales

como la plaga y el cólera” (2).

Es decir, el comercio y la salud han convergido hace tiempo, el

problema es que, siendo como parece, tanto el comercio como

la salud asuntos vinculados de alguna manera con la justicia,

deberían abordarse políticamente, por cuanto los asuntos de

justicia en estas dos esferas también atañen a la política, así nos

hayan hecho creer que se trata de asuntos meramente técnicos,

esto es, que deben ser tratados por expertos. La política sería

entonces la encargada de buscar conciliar el comercio y la salud,

con el fin de que la balanza no opere solamente a favor del

primero. La Declaración de Alma Ata sobre

Salud para Todos en el

año 2000,

enunciada en 1978, planteaba objetivos ambiciosos

en la búsqueda de mejorar la accesibilidad a los tratamientos

a todas las personas, independientemente de su condición.

A pesar de que la meta parecía estar suficientemente lejana,

brindaba la oportunidad de abrigar esperanzas para quienes

deseaban que la equidad en el terreno de la salud pública fuera

una realidad (3).

Sufrimos un desequilibrio desastroso entre tecnología y huma-

nismo. La evaluación de las medidas utilizadas es también un

elemento a considerar. Ética y Calidad en Salud es una relación

indisoluble que existe entre ambos componentes, evitando el

conflicto derivado de la mala atención o insuficiente cobertura

cada vez mayor, pese al progresivo adelanto científico y tecno-

lógico (4).

CALIDAD DE ATENCIÓN MÉDICA Y PRINCIPIOS ÉTICOS

Por otra parte, no se puede hacer el bien, es decir obrar ética-

mente, si no existe ordenamiento con regulaciones precisas,

conocidas, aplicadas y cumplidas por todos y para todos, utili-

zando instrumentos complementarios que nos permitan veri-

ficar y medir la calidad y seguridad de manera constante, sobre

la base de indicadores claramente establecidos. Las regula-

ciones necesarias para atender a pacientes portadores de enfer-

medades raras se encuentran en pleno proceso de desarrollo en

nuestro país, teniendo presente que la calidad de atención en

salud se ha transformado en uno de los aspectos fundamentales

de la medicina actual. Los innumerables problemas surgidos

durante las últimas décadas, derivados de la creciente comple-

jidad de la salud, aunados a las mayores exigencias por parte

de los enfermos y sus familiares, así como los incrementos en

los costos de atención, exigen soluciones efectivas que garan-

ticen que los enfermos reciban los tratamientos adecuados, en

el momento oportuno y dentro de un sistema eficiente.

¿Qué consideramos como eficiente en la atención de las enfer-

medades raras? Las herramientas como la Medicina Basada en

la Evidencia nos ayudan evaluando el peso de la evidencia según

la disponibilidad de estudios clínicos con grandes grupos de

pacientes que reciben terapia y placebo. En drogas huérfanas,

el diseño experimental debe considerar que las fases tradicio-

nales de evaluación comprenden grupos pequeños de pacientes

(muchas veces no más de 20 o 30) y que el uso de placebo es

controversial, al menos por tiempos prolongados, por lo que

los estudios suelen ser abiertos en 6 o 12 meses, a pesar que

muchos de los efectos buscados serían mejor evaluados en

plazos superiores a este. Es así como aparecen en países desa-

rrollados herramientas como la Evaluación de Tecnologías en

Salud con especialistas agrupados en oficinas dedicadas exclusi-

vamente a la evaluación particular de estos casos, donde no solo

la evidencia pre aprobación es la que interesa, sino también los

registros post aprobación de pacientes, los reportes de fárma-

covigilancia que estas mismas oficinas manejan, el impacto

social, etc, con niveles de corte de dinero/QUALY no aplicables

en evaluación de drogas de uso masivo.

En los últimos 5 años países como Colombia, Argentina, Uruguay,

Costa Rica y México han buscado a través de estas aproxima-

ciones soluciones que eviten la judicialización que obliguen al

Estado a pagar los gastos y por ende, el aumento de los costos

aún más por sobre lo que hoy significan para estos países. La

“Cuenta de Alto Costo” en Colombia, o el “Fondo Nacional de

Medicamentos de Alto Costo” en Uruguay son ejemplos de esto.

El establecimiento de fórmulas que permitan proporcionalidad en

los precios que paguen países Latinoamericanos de acuerdo a sus

Productos Internos Brutos o algún otro parámetro Farmacoeco-

nómico, o bien, la negociación colectiva entre países no produc-

tores de medicamentos, parecen ser soluciones planteables.

LEGISLACIÓN EN ENFERMEDADAS RARAS Y

CONSIDERACIONES MORALES

Durante los últimos 25 años, ha crecido la necesidad en dife-

rentes países desarrollados por legislar acerca de este tema,

en un inicio motivados por la “carga de estas enfermedades”,

ausencia del interés por parte de la industria farmacéutica y

biotecnológica por investigar en condiciones consideradas

históricamente como “no viables” para el mercado. Es así como

Estados Unidos aprueba la ley de Drogas Huérfanas en 1983,

estableciendo incentivos a la investigación y comercialización

de drogas diseñadas para enfermedades que afecten a menos

de 200.000 habitantes en su territorio. No sería hasta 17 años